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LEY Texto actualizado con las modificaciones introducidas por Ley Las designaciones efectuadas en violación a lo dispuesto en la presente Ley son nulas. Todo nombramiento es provisional hasta tanto el trabajador adquiera estabilidad. Este derecho se adquiere a los doce 12 meses, de no mediar previamente oposición fundada y debidamente notificada por autoridad competente. El trabajador tiene los siguientes derechos:. Producida la incorporación definitiva al cargo, el trabajador adquiere la estabilidad en el empleo.
El personal permanente tiene derecho a igualdad de oportunidades para optar a cubrir cada uno de los niveles y jerarquías previstos en los respectivos escalafones y a no sufrir discriminación negativa.
Licencia es el tiempo de no prestación de servicios por las causas que la Ordenanza y el Convenio Colectivo de Trabajo establezcan. De conformidad con las leyes que rigen la materia, el trabajador tiene derecho a jubilarse. El trabajador tiene derecho a menciones por actos o iniciativas que a juicio del titular de la jurisdicción representen un aporte importante para la Administración Municipal, debiéndose llevar constancia de las mismas en el legajo personal correspondiente.
Esta atribución no es susceptible de delegación, excepto en el caso de las sanciones correctivas. El poder disciplinario por parte de la Administración Municipal se extingue:. Sección II: Negociación Colectiva. Quedan excluidos de la presente normativa:. Representación ante el Consejo de Empleo Municipal. Ello implica:. Quedan excluidos del presente régimen:. Ello sin perjuicio del personal que expresamente se excluya por la negociación colectiva.
Son requisitos para la admisibilidad:. Planta permanente: integrada por el personal que goza de estabilidad, entendida ésta como el derecho a conservar el empleo hasta que se encuentre en condiciones de jubilarse.