Citas sin formalidades Sant Feliu de Llobregat
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Se dicta en el recurso gubernativo interpuesto por R. La resolución judicial, después de admitir que F. En la escritura consta testimoniada la certificación de la defunción del viudo pero no hay ninguna referencia a su renuncia a la herencia o a la de sus herederos. El 8 de marzo de se presentó al Registro de la Propiedad de Gavà la copia de la escritura que causó el asentamiento del Diario El marido de la causante había muerto en el momento de la declaración de herederos pero estaba vivo en el momento de la muerte de la causante.
En este caso no consta que los herederos de R. El registrador cita, en apoyo de su nota, las Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 5 de diciembre de y 17 de julio de , el Acto Resolutorio del Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 26 de julio de y la Resolución de esta Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas de 11 de julio de La calificación se notificó a las personas que presentaron el documento, a la notaria que lo había autorizado y al juez que había dictado la Resolución Judicial.
El día 11 de abril R. Alegan, en esencia, que sobre la base del artículo del reglamento hipotecario el registrador no puede calificar la Resolución judicial firme a menos que sea por razón de competencia del juzgado, la congruencia del mandato con el procedimiento o juicio en que se ha dictado o las formalidades extrínsecas del documento presentado.
El 13 de mayo, agotados los plazos legales para hacer las notificaciones y para que la notaria y el juez hagan alegaciones, el registrador emite el informe preceptivo en que defiende su calificación y lo envía, junto con el expediente y por correo administrativo a la Dirección General, donde tiene entrada el día 17 de mayo de El 19 de mayo envía como documentación complementaria el Auto de 10 de mayo de dictado por el juez de Primera Instancia numero 3 de Gavà, previo informe en el mismo sentido del fiscal, en que considera que hay que atender la nota de calificación impugnada.
En apoyo de su tesis cita, entre otras, las Resoluciones de esta Dirección General de 22 de mayo y de 7 de julio de , y la de 11 de julio de Determinación de la competencia para la resolución del recurso. En el informe del registrador se hace constar, de acuerdo con el artículo 3. Hay que subrayar que en este punto la Ley es vigente después del Auto del Tribunal Constitucional de 29 de julio de La competencia exclusiva exige que la Generalidad, entendida en sentido amplio, cuente con los mecanismos adecuados para garantizar la aplicación correcta del Derecho propio.