Relaciones sin obligaciones Buenos Aires
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En la ciudad de Buenos Aires el régimen de unión civil fue aprobado por la ley N. No pueden constituir una unión civil: a los menores de edad o sea menores de 18 años ; b los parientes por consanguinidad ascendiente y descendiente sin limitación y los hermanos o medio hermanos; c los parientes por adopción plena, en los mismos casos de los incisos b y e.
Los parientes por adopción simple, entre adoptante y adoptado, adoptante y descendiente o cónyuge del adoptado, adoptado y cónyuge del adoptante, hijos adoptivos de una misma persona, entre sí y adoptado e hijo del adoptante; d los parientes por afinidad en línea recta en todos los grados; e los que se encuentren unidos en matrimonio, mientras subsista; f los que constituyeron una unión civil anterior mientras subsista y g los declarados incapaces.
La unión civil queda disuelta por la manifestación expresa de voluntad en ese sentido que hagan los dos integrantes o uno solo de ellos ante el Registro y también por el matrimonio posterior o fallecimiento de uno de los integrantes. Pero, a diferencia del matrimonio, la pareja conformada a partir de la unión civil no puede adoptar hijos o heredarse mutuamente en caso de muerte del compañero ni tiene obligación de pasar alimentos.
Y tampoco se ve afectada la situación patrimonial de los contrayentes: en caso de una separación, no hay división de bienes como sucede tras un divorcio. La ley 3. Hasta el 3 de febrero de , sólo diez parejas del mismo sexo se habían anotado en el Registro Civil, debido a que muy pocos sabían de la existencia de la norma, y a que algunos consideraban que no estaba vigente por falta de reglamentación. En Villa Carlos Paz se aprobó una ley de uniones civiles en noviembre de , aprobada por 12 votos a favor y 6 en contra.
La misma guarda una estrecha similitud con la de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La norma beneficia a personas de igual o distinto sexo, y permite visitas al cónyuge dentro de terapia intensiva, derechos de propiedad, y el reconocimiento para ser beneficiarios en algunos seguros.